¿Cuáles son las características obligatorias del lado objetivo del delito? El lado objetivo del delito en el derecho penal.

Subsistema objetivo (lado) del delito y sus elementos.- este es el lado externo del delito, es decir un conjunto de elementos externos y sus características que caracterizan el comportamiento socialmente peligroso de un individuo en la realidad.

Así, en el caso de L., la Corte Suprema señaló: “Una persona que no haya cometido acciones que formen el lado objetivo del robo no puede ser considerada responsable como coejecutor de la apropiación abierta de bienes”. L. fue declarado culpable de haber informado a A. que Ch. tenía una gran cantidad de dinero, y permaneció abajo cuando A., habiendo subido al apartamento de Ch., la obligó a darle el dinero que compartían con L. El Tribunal Supremo destacó que el robo fue cometido por A. En cuanto a L., no cometió ningún acto que constituya el lado objetivo del robo abierto de propiedad. En consecuencia, el lado objetivo, que caracteriza el contenido del delito, determina los límites del delito en el que se establece la responsabilidad por un delito en particular.

Acción e inacción socialmente peligrosas.

Una acción (inacción) socialmente peligrosa, como ya se señaló, es uno de los elementos obligatorios del lado objetivo de cualquier delito. Siempre es una manifestación del comportamiento de una persona en el mundo exterior y, por tanto, tiene lugar en determinadas condiciones, lugar y tiempo.

El libre albedrío en acción (inacción) no debe confundirse con la culpa. La culpa está incluida en otro subsistema (lado) del delito, el subjetivo, y representa la actitud mental, intelectual y emocional de una persona ante su acción (inacción) socialmente peligrosa y sus consecuencias. La culpa no es una propiedad de la acción o la inacción. Al calificar un delito, primero se establece la presencia de un acto socialmente peligroso, es decir acciones (inacción) y el daño causado por ellas. Si no aparecen, entonces no será necesario establecer un subsistema (lado) subjetivo, incluida la culpa.

La especificidad de una acción (inacción) en derecho penal está determinada, en primer lugar, por las características de edad de su autor. La edad general de responsabilidad penal se fija en 16 años y, para algunos delitos, en 14 años. En segundo lugar, el sujeto de la acción (inacción) sólo puede ser un individuo. En tercer lugar, el sujeto del comportamiento debe ser cuerdo. En cuarto lugar, una acción (inacción) que tenga consecuencias perjudiciales debe ser socialmente peligrosa. El peligro público radica en la presencia de la acción de la posibilidad de causar daño a los intereses protegidos por los derechos del individuo, la sociedad, el Estado, un enfoque objetivo en el daño (daño) como resultado final de la acción (inacción) que se está realizando. La magnitud del peligro público de una acción (inacción) se mide por el valor del objeto y la magnitud del daño. En quinto lugar, la propiedad de la acción (inacción) como elemento del lado objetivo del corpus delicti es su ilegalidad. Su comisión está prohibida por el Código Penal bajo amenaza de castigo.

El derecho penal conoce dos tipos de comportamiento como elemento obligatorio del lado objetivo: acción e inacción.

La acción es el comportamiento activo de una persona, que se basa en movimientos corporales realizados bajo el control de la conciencia y la voluntad. Es la acción que constituye el tipo más común de acto ilegal y socialmente peligroso. Más del 3A de todos los delitos cuya responsabilidad está prevista en el Código Penal se cometen mediante la acción. Como concepto de derecho penal, una acción puede consistir en un movimiento de un solo cuerpo, por ejemplo, empujar a una persona desde un andén debajo de un tren que pasa. Sin embargo, la mayoría de las veces una acción que conlleva responsabilidad penal se compone de una combinación de movimientos corporales, es decir, de una serie de actos de comportamiento separados e interconectados de una persona. Por ejemplo, realizar la explosión de un coche mediante el mando a distancia consiste no sólo en pulsar el botón del mando a distancia, sino también en planificar el lugar y el momento de la explosión, colocar un artefacto explosivo, comprobar el mando a distancia, etc. . En consecuencia, la acción es, por regla general, un sistema de movimientos corporales interrelacionados que constituyen un comportamiento socialmente peligroso. Si tal comportamiento está prohibido por la ley, es socialmente peligroso y culpable, entonces surge la cuestión de la responsabilidad penal por ello.

La actitud negativa hacia los intereses protegidos por la ley, los pensamientos y estados de ánimo reprensibles, incluso expresados ​​externamente, la intención de cometer un delito por el concepto de "acción" no están cubiertos por el concepto de "acción" y no implican responsabilidad penal si dicha intención es no materializado en acciones concretas encaminadas a la comisión de un delito. Así, el Pleno del Tribunal Supremo de la Federación de Rusia en su resolución del 10 de febrero de 2000 “Sobre la práctica judicial en casos de soborno y soborno comercial” señaló que no es delito tener la intención de dar un soborno, recibir un soborno, o realizar soborno comercial “en los casos en que una persona para la venta no se haya tomado ninguna acción específica según lo expresado.

Una propiedad obligatoria de cualquier comportamiento humano y su variedad: una acción (inacción) socialmente peligrosa, como se señaló anteriormente, es el libre albedrío, es decir. libertad de elección entre conductas socialmente peligrosas y no socialmente peligrosas. Ninguna fuerza irresistible del exterior o del interior debería bloquear el libre albedrío. Varios códigos penales extranjeros indican directamente la voluntariedad de un acto delictivo (inacción).

El Código Penal de la Federación de Rusia considera la ausencia de libre albedrío en la coerción física de un sujeto, si, como resultado de dicha coerción, la persona no pudo controlar sus acciones (inacción) (artículo 40).

De los elementos opcionales enumerados del lado objetivo, el método de cometer un delito se indica con mayor frecuencia en el Código Penal y está muy extendido en la práctica: violento, grupal, engañoso, utilizando un cargo oficial, armado, etc.

La inacción es el segundo tipo de comportamiento ilegal y socialmente peligroso. En sus propiedades sociales y jurídicas, la inacción es idéntica a la acción. Al igual que la acción, es capaz de provocar objetivamente cambios en el mundo exterior. Al mismo tiempo, la inacción es un tipo de acción más compleja con características específicas. Si la acción se caracteriza por un comportamiento activo, entonces la inacción es un comportamiento pasivo. La base de la responsabilidad por inacción es el incumplimiento de la obligación impuesta a la persona de realizar determinadas acciones, que no realiza, teniendo la oportunidad de hacerlo y evitando así el daño.

Así, en la resolución del Pleno del Tribunal Supremo de la Federación de Rusia de 5 de junio de 2002 No. 14 “Sobre la práctica judicial en casos de violación de las normas de seguridad contra incendios, destrucción o daño a la propiedad por incendio provocado o como resultado de negligencia manejo del fuego”, se enfatiza: “Al decidir sobre la cuestión de la culpabilidad de las personas por violar las reglas de seguridad contra incendios... los tribunales deben averiguar cuál es exactamente el desempeño inadecuado o incumplimiento de estas normas” (p. 2).

El incumplimiento de la obligación impuesta a una persona se reconoce como delito si la persona tiene la oportunidad de cumplir esta obligación. El sujeto de la inacción debe y podría actuar para evitar que ocurra daño.

Así, en el caso de G., condenado en virtud del art. 125 del Código Penal "Saliendo en peligro", el Colegio Judicial del Tribunal Supremo de la Federación de Rusia, desestimando el caso por falta de corpus delicti en las acciones de G., indicó que la responsabilidad en virtud del art. 125 del Código Penal ocurre sólo si hay intención directa y dos condiciones obligatorias, cuando el perpetrador tuvo la oportunidad de brindar asistencia a una persona en una condición que amenazaba su vida y estaba obligado a cuidar de ella.

No existe una definición de inacción en el Código Penal de la Federación de Rusia, pero sí en los códigos penales de algunos países extranjeros. Así, el Código Penal de la República Federal de Alemania establece: “Quien, por inacción, provoque la aparición de las consecuencias previstas por el corpus delicti, sólo está sujeto a pena en virtud de esta ley cuando estaba legalmente obligado a impedir la aparición del delito”. las consecuencias y si la inacción corresponde al cumplimiento del cuerpo del delito mediante la acción” (§ 13).

Una definición aún más detallada de inacción se da en el art. 11 del Código Penal español, según el cual se entiende por omisión el caso “cuando el incumplimiento de una obligación jurídica especial impuesta al autor se equipara legalmente a la ejecución de un delito. La inacción se equipara a la acción: a) cuando existe un deber especial de actuar derivado de una ley o un contrato; b) cuando el autor, por su acto o omisión anterior, haya puesto en peligro un bien jurídicamente tutelado”.

El establecimiento de responsabilidad por el incumplimiento de determinados deberes se debe a que en las condiciones modernas, cuando muchas personas participan en el trabajo y otros procesos sociales utilizando mecanismos complejos, poderosas fuentes de energía, el incumplimiento individuos Las obligaciones legales que se les imponen pueden provocar pérdidas graves y, a veces, irreparables.

La inacción, como la acción, puede expresarse en un solo hecho de abstenerse de realizar la acción requerida, por ejemplo, la negativa de un testigo a declarar (artículo 308 del Código Penal). Sin embargo, en la inmensa mayoría de los casos, la inacción es un sistema de conducta delictiva que se caracteriza por un período prolongado, por ejemplo, la evasión maliciosa del pago de fondos para la manutención de los niños o de los padres discapacitados (artículo 157 del Código Penal), deserción (artículo 338 del Código Penal).

En la teoría del derecho penal, se observa que dos criterios son inherentes a la inacción: objetivo - incumplimiento de la obligación impuesta a la persona de realizar determinadas acciones y subjetivo - la capacidad de realizar dichas acciones. Ambos criterios deben establecerse a la hora de penalizar las omisiones.

La obligación de realizar acciones específicas bajo ciertas condiciones puede:

1) estar previsto por la ley o los estatutos. Así, el incumplimiento de la obligación de criar a un menor constituye una violación de las disposiciones del Código de Familia y puede conllevar responsabilidad en virtud del art. 156 del Código Penal;

2) derivarse de la naturaleza de las funciones profesionales o poderes oficiales desempeñados. Por ejemplo, el hecho de que un médico no preste asistencia a un paciente sin una buena razón (artículo 124 del Código Penal);

3) ser causado por decisión de una autoridad judicial. En particular, la no ejecución de una sentencia judicial, decisión judicial u otro acto judicial está prevista en el art. 315 del Código Penal;

4) deberse a ese comportamiento previo de la persona, como resultado del cual se crea una amenaza de daño a intereses jurídicamente protegidos. Por ejemplo, en el art. 125 del Código Penal establece la responsabilidad por dejar deliberadamente sin ayuda a una persona que se encuentra en una situación peligrosa para la vida o la salud, por parte de una persona que ha puesto a la víctima en esa situación.

Esta lista también se complementa con circunstancias tales como un acuerdo previo o "normas sociales generales que rigen el comportamiento de una persona en el sistema de relaciones sociales", etc.

Por regla general, la obligación del sujeto de actuar está regulada normativamente en diversos documentos legales. Y luego es la obligación legal de una persona de actuar lo que puede considerarse un signo constructivo de inacción. Al calificar esa inacción, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y los tribunales en las acusaciones y sentencias previas al juicio deben encontrar y referirse a dichas normas vinculantes.

La resolución del Pleno del Tribunal Supremo de la Federación de Rusia de 16 de octubre de 2009 "Sobre la práctica judicial en casos de abuso de poder y abuso de poder" establece: es necesario averiguar qué actos jurídicos normativos, así como otros documentos, establecer los derechos y obligaciones del funcionario imputado, citándolos en el veredicto, e indicar el abuso de cuál de estos derechos y obligaciones o el exceso de cuál de ellos se le imputa, con referencia a normas específicas (artículo, parte , párrafo).

En ausencia de los datos indicados en la acusación o acusación, que no pueden completarse en la sesión del tribunal, la causa penal está sujeta a devolución al fiscal de conformidad con el artículo 237 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia para eliminar obstáculos a su consideración por el tribunal” (párrafo 22).

Sin embargo, a veces no existe tal regulación legal. En estos casos, uno debe guiarse por las reglas de la interacción humana y por el hecho de que el Código Penal de forma generalizada, mediante la caracterización de la culpa en forma de negligencia, prevé tal obligación legal. Por ejemplo, la seguridad de los ciudadanos está garantizada legalmente imponiendo a los propietarios de tiendas y empresas gestoras la obligación de limpiar los tejados de nieve y carámbanos. Por lo tanto, el propietario de la tienda, que no quitó los carámbanos del techo, como resultado de lo cual el transeúnte resultó herido por el carámbano, está sujeto a responsabilidad penal por inacción. Sin embargo, la obligación del propietario de una casa privada de actuar en tales casos no está prevista normativamente, por lo que responsabilizarlo penalmente requerirá un gran esfuerzo para demostrar que tuvo que derribar carámbanos del techo de su casa.

Además de las consecuencias socialmente peligrosas del Código Penal, en algunos casos se habla del "resultado" del delito. En algunos libros de texto, el resultado se entiende como una formación material que tiene parámetros medidos naturales, de costo, médico-biológicos, físico-químicos (por ejemplo, envenenamiento de la tierra, contaminación de un embalse con desechos de producción nocivos) y similares. Se cree que las consecuencias y resultados socialmente peligrosos están correlacionados como contenido y forma. Según otros autores, consecuencias y resultados son sinónimos.

Por normas con el signo "resultado", el legislador denota daños económicos directos, estimados en valor monetario, en la mayoría de los casos a los objetos del delito. Por ejemplo, sobre el tema de recibir un soborno en la nota al art. 290 del Código Penal dice: "Se considera soborno una gran cantidad de dinero, el valor de los valores, otros bienes o beneficios de carácter patrimonial que excedan los ciento cincuenta mil rublos". También se habla de gran cantidad de estupefacientes, destrucción de propiedades, evasión fiscal, etc.

Por supuesto, es más conveniente expresar el daño económico directo a la exactitud de la calificación precisamente en términos de tamaño, es decir, en una medición monetaria inequívoca del valor de los objetos del delito. El término "daño" es más adecuado para caracterizar las complejas consecuencias económicas y organizativas socialmente peligrosas. Un ejemplo típico es el delito de abuso de poder (artículo 285 del Código Penal). Describe las consecuencias socialmente peligrosas como "una violación significativa de los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos u organizaciones o de los intereses legalmente protegidos de la sociedad y el Estado".

La complejidad de las consecuencias socialmente peligrosas, que consisten en daños económicos, sociales, mentales y organizacionales, no nos permite presentar sus dimensiones directamente en la ley.

En los pocos casos en los que es posible dar una lista exhaustiva de consecuencias penales, lo hace el legislador. Por ejemplo, en el art. 272 del Código Penal "Acceso ilegal a información informática", el daño organizativo e informativo se presenta de la siguiente manera: "destrucción, bloqueo, modificación o copia de información, interrupción de una computadora, sistema informático o su red". Sin embargo, no siempre es posible hacer una lista exhaustiva de los tipos de daños organizacionales. En la parte 1 del art. 274 "Violación de las reglas para el funcionamiento de computadoras, sistemas informáticos o sus redes", las consecuencias en una composición simple se formulan como "daño significativo", en una composición calificada, como "consecuencias graves".

El contenido de las consecuencias socialmente peligrosas está determinado por el contenido de los objetos en los que producen cambios nocivos. El Código Penal prevé 26 objetos específicos y más de 100 objetos directos. Hay muchas variedades de consecuencias socialmente peligrosas. De manera más general se clasifican en físicos, mentales, sociales, económicos, ambientales y organizacionales. El último grupo de consecuencias socialmente peligrosas es el más diverso y numeroso. Además, sin excepción, todas las consecuencias socialmente peligrosas tienen la propiedad de ser ilícitas, desorganizar e introducir disfunciones en el orden jurídico protegido por el Código por el solo hecho de la violación de una prohibición penal.

Existen ciertas reglas y etapas para establecer una relación causal entre una acción (inacción) y una consecuencia socialmente peligrosa.

En primer lugar, la objetividad de la relación causal implica su estudio independientemente de la culpa. Primero, se determina la presencia de una conexión objetiva entre la acción y la consecuencia, y solo entonces se establece la culpa en forma de intencionalidad o negligencia en la actitud intelectual-volitiva hacia la consecuencia causada.

En segundo lugar, la causa y condición para la aparición de una consecuencia penal en derecho penal es exclusivamente la acción o inacción del sujeto del delito. Ni las fuerzas de la naturaleza, ni la actividad de los locos, ni el funcionamiento de los mecanismos son causa de consecuencias penales. Ésta es la diferencia entre una relación de causalidad en una causa penal entre una acción y un daño (daño) de una relación de causalidad en una misma causa penal, pero establecida por varios peritos forenses. Por ejemplo, en los casos de asesinato siempre se realiza un examen médico forense, que establece razón biológica el inicio de la muerte. El examen médico forense arroja una conclusión del siguiente contenido, en particular: la causa de la muerte de la víctima fueron golpes con un objeto punzante en la arteria carótida, lo que provocó una pérdida de sangre con posterior paro cardíaco. Con estos datos, el investigador o el tribunal investiga si las acciones correspondientes (inacción) del sospechoso (acusado, acusado) causaron la muerte de la víctima.

En el párrafo 7 de la Resolución del Pleno del Tribunal Supremo de la Federación de Rusia de 9 de diciembre de 2008 No. 25 “Sobre la práctica judicial en casos de delitos relacionados con la infracción de las normas de tráfico y la operación Vehículo, así como con su sustracción ilícita sin finalidad de robo ", dice:" La competencia de un examen autotécnico forense incluye la solución únicamente de cuestiones técnicas especiales relacionadas con un accidente de tráfico. Por tanto, al designar un peritaje, los tribunales no tienen derecho a plantear cuestiones jurídicas a los peritos, cuya solución corresponde exclusivamente a la competencia del tribunal.

La acción como condición o razón debe tener signos de voluntad, motivación y determinación. Cuando la voluntad de una persona es bloqueada por una fuerza irresistible, violencia física, que excluye la posibilidad de dirigir sus acciones, no hay acción (inacción) en el sentido del derecho penal. En consecuencia, no existe un vínculo primario de causalidad en un caso penal.

El sujeto de la acción (inacción) debe tener las propiedades penales-legales necesarias de la persona que cometió el delito: estar cuerdo, alcanzar la edad de responsabilidad requerida. Para un tema especial, es necesario establecer adicionalmente los signos de afiliación profesional, género, edad, etc., que son requeridos por las normas pertinentes del Código.

En tercer lugar, la acción (inacción) de una persona debe ser al menos antisocial y contener un cierto riesgo, la posibilidad de consecuencias nocivas. Si la acción fue socialmente útil o socialmente neutral, queda excluida del establecimiento posterior de una relación causal. Así, las acciones de un vigilante que le gritó a un adolescente que intentaba entrar al establo para robar un caballo para pasear, si el adolescente se rompió una pierna mientras huía, no son causa de daños graves a la salud. No existe relación causal entre la acción de una persona que puso a un borracho tirado en el suelo de pie y lo dirigió hacia la casa, y él, después de caminar unos pasos, ya fuera del campo de visión de esta persona, se volvió bruscamente. y fue atropellado por un coche. En ambos casos, las acciones de la persona fueron socialmente útiles, por lo que no pueden ser reconocidas como actos que conlleven consecuencias penales.

Muy a menudo, la cuestión de la relación causal entre una acción y una consecuencia surge en delitos contra una persona, especialmente en asesinatos, en delitos relacionados con la violación de las normas de seguridad en el trabajo y la seguridad en el transporte. El establecimiento del hecho de causar daño en tales delitos va precedido de una fijación precisa de la regla de seguridad que la persona violó. En los delitos contra la vida, se trata de normas de seguridad doméstica: manipulación del fuego o de armas, gas, electricidad o normas médicas; en delitos de transporte, normas de circulación, etc. Si una persona no ha violado dichas reglas, se da por terminada la investigación adicional sobre la relación entre su acto y las consecuencias perjudiciales que realmente se produjeron. La causa del daño se revela en otros actos o en otras actividades de las fuerzas de la naturaleza, animales, mecanismos, enfermedades, etc.

En otras palabras, en una compleja cadena de determinación de consecuencias socialmente peligrosas, es necesario destacar acciones antisociales que son ilícitas desde el punto de vista de las ramas del derecho administrativo, laboral, civil, ambiental y otras ramas del derecho o acción ( inacción) que contradice tajantemente los fundamentos de la moralidad, que contiene un poco de riesgo, la posibilidad de causar daño, lo que nos permite continuar con el análisis de la causalidad. Una respuesta positiva a la pregunta planteada sobre el carácter antisocial, ilegalidad o inmoralidad de un acto constituye una etapa necesaria en el estudio de la relación causal entre el acto y las consecuencias penales.

En cuarto lugar, la siguiente etapa del estudio cubre el establecimiento de si un acto ilegal o inmoral fue una condición necesaria para la aparición de consecuencias perjudiciales. Para hacer esto, basta con aislar mentalmente este acto de la cadena de determinación, y si los eventos se desarrollan como lo hicieron, entonces este acto no fue una condición necesaria para el inicio de las consecuencias.

Por lo tanto, la señora de la limpieza N. no puede ser considerada responsable de la destrucción descuidada de la propiedad estatal, quien, al salir de casa, dejó la estufa eléctrica con la tetera encendida. Según lo establecido por el examen, el almacén fue incendiado por el director del almacén, quien aprovechó la violación de las normas de seguridad por parte de N. para prender fuego al almacén con el fin de ocultar el robo. En este caso, N. violó las normas de seguridad contra incendios, pero sus acciones no fueron condición necesaria para el incendio, pues independientemente de ellas, el incendio fue realizado por otra persona.

En dicha decisión destaca el mecanismo de establecimiento de nexo causal recomendado por los tribunales. En cada caso concreto se debe establecer una infracción de la legislación medioambiental en forma de determinadas infracciones. Sin esto, no hay causalidad. Si determinadas acciones fueran lícitas (debido a extrema necesidad o riesgo razonable), entonces tampoco existe relación causal.

La presencia de una relación causal es sólo una base objetiva para la responsabilidad penal. Entonces es necesario establecer una base subjetiva: la culpa. Como regla general, una persona no prevé ni puede prever la imposición accidental de consecuencias. En este caso, no existe un corpus delicti como fundamento de la responsabilidad penal, no por ausencia de conexión causal, sino por ausencia de culpa. En la práctica, a veces no se reconoce una relación causal cuando estaba objetivamente presente, pero no hubo culpa (dolo o negligencia) para causar consecuencias.

Entonces, en una plataforma suburbana ferrocarril El borracho Z. se acercó a un ciudadano desconocido y comenzó a sacudirlo por las solapas de su chaqueta. La víctima, después de unos minutos de este método de “lucirse”, inesperadamente para todos, cayó sobre la plataforma, convulsionó, le salió espuma sanguinolenta de la boca y murió. La causa penal iniciada por el hecho de la muerte fue archivada por ausencia de cuerpo del delito. Un examen médico forense estableció que la víctima padecía una rara enfermedad de los vasos cerebrales, por lo que el acto (sacudir) resultó fatal para él. Hay una naturaleza naturalmente aleatoria, necesaria en esta situación, que causa la muerte.

Pero la causalidad aleatoria es un tipo de causalidad. Otra pregunta: ¿es posible preverlo en un caso particular? Por lo general, la dolo y la negligencia, como en el caso anterior, están ausentes en caso de una relación causal casual. Sin culpa no hay corpus delicti, no hay responsabilidad.

Así, el estudio de la causalidad pasa por las siguientes etapas:

  1. el primer vínculo de causalidad es una acción o inacción específica de un sujeto con características de derecho penal. Nadie ni nada más, excepto el acto del sujeto, es condición o causa en la determinación de una consecuencia socialmente peligrosa;
  2. la consecuencia como último eslabón de la relación causal es una consecuencia socialmente peligrosa;
  3. la acción (inacción) en el tiempo debe preceder a la aparición de las consecuencias;
  4. la acción (inacción) debe ser antisocial: ilegal o manifiestamente inmoral, conteniendo un cierto riesgo de daño;
  5. la acción (inacción) debe cumplir el papel de condición necesaria para la aparición del daño en la cadena de determinación;
  6. el acto debe ser reconocido como causa de la consecuencia en una situación particular.

No está permitido mezclar la conexión causal, siempre objetiva, entre la acción (inacción) y la consecuencia y la conexión culpable entre ellas en forma de dolo o negligencia. En primer lugar, se debe establecer una relación causal objetiva y luego la posibilidad de que el sujeto la prevea.

En la mayoría de los delitos, la acción (inacción) y las consecuencias no sólo están estrechamente relacionadas, sino que además no tienen un lapso de tiempo, por lo que establecer una relación causal no causa dificultades. Por regla general, la relación causal entre acción (inacción) y consecuencias en delitos con consecuencias mentales u organizativas no materiales es obvia. Por ejemplo, en caso de amenaza, vulneración de los derechos constitucionales de los ciudadanos; en delitos con daño material como hurto, hurto, daño material y físico en robo; en actos rápidos, por ejemplo, en el vandalismo, donde la acción (inacción) está indisolublemente ligada a las consecuencias.

Un cuadro diferente de causalidad se presenta en los atentados contra la vida y la salud de los ciudadanos, los delitos en el transporte y las violaciones de las normas de seguridad. En tales delitos, la muerte de las víctimas o sus lesiones a menudo no ocurre de inmediato y depende de diversas circunstancias, por ejemplo, de la puntualidad de la atención médica, su calificación, el estado de salud inicial de la víctima y muchos otros factores. .

El establecimiento de las etapas de causalidad anteriores en derecho penal se distingue por su practicidad. En cualquier causa penal, permite evitar la confusión de causas y condiciones, conexión objetiva y subjetiva, refleja las particularidades de la investigación como consecuencia socialmente peligrosa y la causa como acción e inacción del sujeto con signos jurídicos penales, no establece un resumen. -Causa típica, promediada estadísticamente, pero específica en datos de la situación, lugar, tiempo, características de la víctima, etc.

Elementos opcionales del lado objetivo y su significado.

Entre los elementos facultativos del delito se incluyen: método, instrumentos y medios, lugar, tiempo, circunstancias del delito. Estos elementos son inherentes a cualquier delito, ya que siempre se comete de una determinada manera, en un lugar determinado y en un entorno determinado, en un momento determinado, utilizando diversos métodos, lo que incide en el grado de peligrosidad pública del acto. Sin embargo, por su naturaleza, estos elementos son opcionales, es decir. facultativo como parte de los delitos. El tribunal los tiene en cuenta a la hora de decidir el castigo del culpable. Sin embargo, la situación cambia si uno o más elementos son señalados por el legislador en la disposición del artículo de la Parte Especial del Código en el marco de un corpus delicti específico. En estos casos, los elementos enumerados pasan a ser obligatorios y su presencia o ausencia afecta la calificación del acto.

Así, la caza realizada de conformidad con las normas establecidas, pero en el territorio de una reserva, santuario de vida silvestre, o en una zona de desastre ecológico o en una zona de emergencia ecológica, se reconoce como ilegal y conlleva responsabilidad penal en virtud del inciso “d” del inciso. 1 del art. 259 del Código Penal. En este caso, el lugar de caza se incluye en la disposición del artículo como una de las características obligatorias de la caza ilegal.

A veces, los elementos enumerados actúan como signos calificativos. Así, el secuestro se reconoce como más peligroso si se comete con el uso de violencia peligrosa para la vida o la salud, o con la amenaza de dicha violencia (cláusula “c” de la parte 2 del artículo 126 del Código Penal). En este caso, la forma de cometer un delito es un signo calificativo del acto.

La ausencia en los artículos de la Parte Especial del Código de una indicación de los elementos considerados significa que en estos casos específicos no afectan la calificación, pero siempre se tienen en cuenta al determinar la pena dentro de los límites de la sanción por La corte.

Muy a menudo, la forma de cometer un acto actúa como un rasgo constructivo o calificativo. “El método, al no ser el acto en sí en el pleno sentido de la palabra, le es inherente orgánicamente y consiste en aquellas técnicas, métodos, orden y secuencia de los movimientos corporales y actos individuales, que en su totalidad caracterizan la afiliación específica del acto. En los casos penales, las formas externas de comportamiento se consideran una forma de cometer un delito.

Algunos estudiosos consideran el método de comisión de un delito en el análisis de una acción como la característica principal de la acción, sin darle un significado independiente. Sin embargo, es imposible hablar del método de comisión de un delito en relación únicamente con los delitos cometidos mediante una conducta activa. Esta opinión se basa en el aspecto puramente físico del acto delictivo sin tener en cuenta el contenido social de la inacción delictiva. El método de cometer un delito en caso de inacción tiene sus propias peculiaridades. Teniendo en cuenta que la inacción es una forma pasiva de comportamiento (una persona no realiza acciones que debería y podría realizar), el método de cometer un delito en caso de inacción tiene un contenido específico, indicando qué acciones específicas no se cometieron y qué fuerzas y En este caso se utilizaron patrones.

Entonces, en caso de negligencia (artículo 293 del Código Penal), que a menudo se lleva a cabo por inacción, el legislador indica directamente la forma en que se cometió este acto: una actitud injusta o negligente hacia el servicio, que puede aplicarse igualmente tanto a la acción como en acción. Lo mismo puede decirse de la evasión del servicio militar (artículo 339 del Código Penal), cometida por inacción. El legislador denomina a la forma de cometer este delito simulación de enfermedad, automutilación, falsificación de documentos u otros engaños.

Un método actúa como elemento obligatorio del cuerpo del delito en los casos en que así esté indicado en un artículo de la Parte Especial del Código. Así, las formas de hurto se diferencian por la forma en que se cometen, indicadas directamente en el art. 158-160 del Código Penal, etc.

En algunos casos, una determinada forma de cometer un acto actúa como característica formativa del delito. Por ejemplo, la incitación al suicidio (artículo 110 del Código Penal) conlleva responsabilidad penal, siempre que este delito se cometa mediante amenazas, tratos crueles o humillación sistemática de la dignidad humana de la víctima.

A menudo, la forma en que se comete un delito afecta el grado de peligrosidad pública del acto. En tales casos, el legislador lo destaca como un rasgo calificativo. Por ejemplo, causar daños corporales graves conlleva una responsabilidad más estricta en el caso de utilizar un método especialmente cruel o generalmente peligroso (cláusulas "b", "c" de la parte 2 del artículo 111 del Código Penal).

La forma de cometer un delito, aunque no sea un rasgo obligatorio o calificativo, tiene gran importancia individualizar el castigo. Así, la comisión de cualquier delito utilizando la confianza depositada en el autor en virtud de su cargo oficial se reconoce como circunstancia agravante (artículo 63 del Código Penal), que es tenida en cuenta por el tribunal a la hora de decidir la pena del delito. autor.

Dependiendo de la forma de cometer un delito, los artículos de la Parte Especial del Código Penal se pueden clasificar en artículos, en cuyas disposiciones: 1) se indica la única forma de cometer un delito específico (por ejemplo, parte 3 de artículo 306); 2) contiene una lista exhaustiva de métodos para cometer un delito (por ejemplo, parte 1 del artículo 141); 3) contiene una lista aproximada de métodos para cometer un delito (por ejemplo, parte 2 del artículo 167); 4) no se especifica la forma de cometer el delito y, por tanto, puede ser cualquiera (p. ej., art. 125).

El método de comisión de un delito está estrechamente relacionado con las herramientas y medios utilizados por el delincuente. Por medios para cometer un delito, normalmente nos referimos a los objetos y fenómenos del mundo exterior que el autor utiliza para influir en el objeto o sujeto del delito (por ejemplo, varios accesorios, fuego, gas, radiación, epidemia). También son herramientas objetos del mundo exterior utilizados para la comisión directa de un delito (por ejemplo, armas, objetos utilizados como armas, vehículos).

La importancia jurídica penal de los instrumentos y medios para la comisión de un delito está determinada principalmente por el hecho de que están incluidos en las disposiciones de algunos artículos de la Parte Especial del Código como elementos obligatorios y en estos casos afectan la calificación. Por ejemplo, un arma utilizada en la comisión de actos de hooligan (párrafo “a” de la parte 1 del artículo 213).

El uso de herramientas y medios específicos constituye en algunos casos un corpus delicti calificado. Así, el uso de armas durante la toma de rehenes (cláusula “d”, parte 2 del artículo 206 del Código Penal) y en varios otros delitos se considera un acto más peligroso (composición calificada). La violación del secreto de la correspondencia, las conversaciones telefónicas, los mensajes postales, telegráficos y otros (artículo 138) también se considera un delito calificado (Parte 2), si se utilizan medios técnicos especiales para obtener información en secreto.

En los casos en que los instrumentos y medios para la comisión de un delito no estén señalados en los artículos de la Parte Especial del Código como elementos obligatorios del cuerpo del delito principal o calificado, éstos, sin afectar la calificación del acto, se tendrán en cuenta como elementos opcionales a la hora de determinar el tipo y monto de la pena dentro de la sanción por parte del tribunal. Entonces, según el inciso “k” del art. 63 del Código Penal, las circunstancias agravantes incluyen, por ejemplo, el uso de artefactos explosivos o de imitación, sustancias venenosas y radiactivas, medicamentos y otros preparados químicos y farmacológicos en la comisión de un delito.

Los instrumentos y medios del delito, como elementos del lado objetivo, se diferencian del sujeto del delito, que es un elemento materializado del mundo material, por cuya influencia el autor invade el objeto del delito. Por propósito funcional una misma cosa puede ser a la vez instrumento y objeto de un delito. Así, un arma, al ser objeto de un delito en caso de hurto de arma (artículo 226 del Código Penal), actúa como arma en la comisión de asesinato, bandidaje, robo (artículo 105, 209, 162 del Código Penal). Código). En los casos en que una cosa se utiliza como instrumento de influencia sobre un objeto, se trata de un instrumento o medio para cometer un delito. Pero si la misma cosa desempeña un papel "pasivo" y un acto socialmente peligroso se lleva a cabo sólo en relación con ella o sobre ella, se la reconoce como objeto de un delito.

Se entiende por lugar del delito el territorio concreto (terrestre, acuático o aéreo) donde se cometió el delito. Como uno de los elementos del lado objetivo, la escena del crimen puede actuar como elemento obligatorio de un corpus delicti específico si está incluido en la norma del derecho penal. Por ejemplo, violación de las normas de seguridad en instalaciones de explosivos o en talleres de explosivos (artículo 217 del Código Penal). Los lugares de enterramiento se mencionan en el art. 244, que prevé la responsabilidad por la profanación de los cuerpos de los muertos.

En algunos casos, el legislador reconoce como signo calificativo las características de la escena del crimen, que afectan el grado de peligrosidad pública del hecho. Así, los daños a la tierra (artículo 254 del Código Penal) se reconocen como más peligrosos y conllevan la calificación según la parte 2 en los casos en que ocurren en una zona de desastre ecológico o en una zona de emergencia ambiental.

En otros casos, la localización del delito es un elemento opcional que muchas veces incide en el grado de peligrosidad del acto, que es tenido en cuenta por el tribunal a la hora de decidir la pena. Así, según el inciso “l” del art. 63 del Código Penal, la comisión de un delito en un desastre natural es una circunstancia agravante.

El momento de la comisión de un delito como elemento del lado objetivo es un período de tiempo determinado durante el cual se lleva a cabo un acto delictivo. Como elemento obligatorio de elementos específicos de un delito, el legislador rara vez menciona el tiempo. En primer lugar, se trata de delitos contra el servicio militar, respecto de los cuales el legislador hace la reserva de que la responsabilidad penal por ellos en tiempo de guerra o en situación de combate está determinada por la legislación en tiempos de guerra (parte 3 del artículo 331 del Código Penal). Uno de los elementos del lado objetivo, que es de gran importancia, es la situación en la que se cometió el delito, es decir. conjunto de circunstancias interactivas en cuya presencia se comete un delito. Así, la falta de asistencia a las personas por parte del capitán (artículo 270 del Código Penal) debe realizarse en una situación de peligro en el mar o en otra vía navegable. El reconocimiento por parte del legislador de la situación como uno de los elementos obligatorios de elementos específicos de un delito se evidencia en una indicación en algunos casos del carácter público de las acciones. Por ejemplo, convocatorias públicas de actividades extremistas (artículo 280 del Código Penal); insulto público a un representante de la autoridad (artículo 319 del Código Penal).

El lado objetivo de un delito es un conjunto de rasgos establecidos por el derecho penal que caracterizan el lado externo de un acto socialmente peligroso.

La composición del lado objetivo del delito incluye:

> acto socialmente peligroso;

> consecuencia socialmente peligrosa;

> relación causal entre un acto y una consecuencia;

tiempo, lugar, método, medios, instrumentos y circunstancias del delito (características facultativas).

Describamos cada uno de ellos.

Un acto es un comportamiento activo (o pasivo) ilegal, consciente, socialmente peligroso, volitivo y, al mismo tiempo, específico y complejo por naturaleza, que causa (crea una amenaza de causar) daño a las relaciones públicas protegidas por el derecho penal.

Cabe señalar que si hay una derrota de la voluntad de una persona (ya sea fuerza mayor, coacción mental o física, etc.), su comportamiento de una persona no puede reconocerse como socialmente peligroso.

Fuerza mayor es un evento causado por fuerzas de la naturaleza, factores sociales o influencia humana, que es insuperable en determinadas condiciones (tiempo, lugar, etc.), como resultado del cual una persona se ve privada de la oportunidad de actuar de acuerdo con con su voluntad. La fuerza mayor es una condición que excluye la responsabilidad penal.

La coerción física o mental es un impacto físico (violencia) o mental (chantaje, amenaza) sobre una persona para obligarla a cometer un acto socialmente peligroso o negarse a cometer acciones (es decir, inacción) reconocidas como socialmente peligrosas. La coacción física y mental es una circunstancia que excluye la responsabilidad penal, sólo si se dan las condiciones previstas en el art. 40 del Código Penal de la Federación de Rusia.

La acción se expresa de dos formas: acción e inacción. El primero implica un comportamiento activo de la persona, el segundo - pasivo. La responsabilidad por la inacción surge solo si a una persona se le asignó la obligación legal de actuar de cierta manera, pero no la cumplió, si existía una posibilidad real de su implementación, como resultado de lo cual se creó una amenaza de infligir o dañar. fue causado al objeto de protección penal. La citada obligación legal podrá surgir de:

> ley u otro acto jurídico reglamentario;

> deberes profesionales o cargo oficial;

> acto judicial;

> comportamiento previo de una persona que creó el peligro de consecuencias socialmente peligrosas.

Con la inacción "pura", la persona no cumple con los deberes que se le asignan, con la "mixta": la persona aún cumple con los deberes legales que se le asignan, pero no en su totalidad o de manera inadecuada.

Las consecuencias socialmente peligrosas son cambios negativos en las relaciones sociales protegidos por el derecho penal que se produjeron como resultado de un acto socialmente peligroso.

Las consecuencias socialmente peligrosas son:

> básico y adicional;

> simples y complejos;

> tangibles e intangibles.

Las consecuencias materiales se manifiestan en forma de daño material o físico, las consecuencias no materiales son personales y no personales.

Las consecuencias socialmente peligrosas son una característica obligatoria de los delitos de composición material; en los delitos de composición formal, se establecen para evaluar las consecuencias del acto cometido e imponer un castigo justo.

Una relación causal es una relación objetivamente existente entre el acto cometido y la consecuencia que le siguió. También es un rasgo obligatorio en los delitos de composición material.

Signos de una relación causal (criterios para su determinación):

> un acto siempre precede a la aparición de consecuencias socialmente peligrosas;

> el acto es una de las condiciones necesarias para la aparición de consecuencias socialmente peligrosas;

> la consecuencia socialmente peligrosa era un resultado inevitable, natural (y no accidental) de un acto socialmente peligroso.

Método de cometer un delito: una forma de cometer un acto socialmente peligroso (técnicas y métodos, etc.).

Circunstancias de tiempo: un conjunto de signos que caracterizan la duración (duración) de la comisión de un acto delictivo.

Circunstancias del lugar: un conjunto de signos que caracterizan un determinado territorio (área) en el que se inició y (o) finalizó un acto delictivo.

Un instrumento para cometer un delito es un objeto que se utiliza para influir directamente en el objeto (sujeto) del delito.

Un medio para cometer un delito es un objeto que facilita la comisión de un delito.

El tiempo, el lugar, el método, el instrumento y los medios para cometer un delito son signos adicionales del lado objetivo del delito, tienen un triple significado. En los casos previstos por la ley, una característica adicional puede convertirse en una característica obligatoria del cuerpo del delito principal o calificado (si está directamente indicado en el texto de la ley penal), o desempeñar el papel de circunstancia agravante o atenuante.

El valor del aspecto objetivo del delito está determinado por el hecho de que su determinación precisa es la clave para la correcta calificación de un acto socialmente peligroso. Al determinar el contenido de un delito, los signos del lado objetivo establecen los límites de la invasión, dentro de los cuales se establece la responsabilidad por un acto delictivo en particular.

El lado objetivo del delito proporciona una distinción entre elementos similares de delitos. Por ejemplo, la distinción entre actos que invaden el mismo objeto y tienen la misma forma de culpa, como el robo y el robo, se hace según la forma en que se cometen: el robo se comete en secreto, el robo, abiertamente.

Además, el tribunal puede considerar los signos individuales del lado objetivo como circunstancias atenuantes o agravantes que no afectan la calificación del delito, pero que se tienen en cuenta al determinar el tipo y la cuantía de la pena. Así, según el art. 63 del Código Penal de la Federación de Rusia, se considera circunstancia agravante la comisión de un delito utilizando la confianza otorgada al culpable en virtud de su cargo oficial o contrato.

El lado objetivo del crimen. caracterizado por una manifestación externa de una invasión socialmente peligrosa del objeto de protección del derecho penal.

Incluye signos tales como un acto socialmente peligroso (acción

o inacción), consecuencias socialmente peligrosas (resultado criminal), una relación causal entre un acto socialmente peligroso y una consecuencia socialmente peligrosa, y

también el método, herramientas y medios, lugar, tiempo y ambiente de la comisión del delito

Acto socialmente peligroso (acción o inacción)

causalidad

Consecuencia socialmente peligrosa (resultado criminal)

Entorno del crimen

Método de cometer un delito.

Instrumentos para cometer un delito.

Medios para cometer un delito.

Arroz. 10.El lado objetivo del crimen.

Nota:

Un acto socialmente peligroso (acción o inacción) es una característica obligatoria tanto para los elementos materiales como formales del delito.

Para los componentes materiales de los delitos, un acto socialmente peligroso (acción o inacción), una consecuencia socialmente peligrosa (resultado criminal) y una relación causal entre ellos son características obligatorias.

El lugar, el tiempo, la situación, el método, los instrumentos y los medios para cometer un delito son características facultativas de todos los elementos del delito.

El lado objetivo de un delito está formado únicamente por el comportamiento de una persona, sus acciones. Al mismo tiempo, la acción de las fuerzas elementales de la naturaleza, por destructivas que sean, así como los diversos comportamientos de los animales que conllevaron alguna consecuencia, no se reconocen como comportamiento socialmente peligroso de una persona si no fueron dirigidos. por su voluntad. Si la acción de cualquier fuerza de la naturaleza, máquinas, mecanismos u otras circunstancias fue dirigida o utilizada por una persona, entonces su comportamiento, junto con otros signos, se incluye en el lado objetivo del delito.

Signos de composición que caracterizan el lado objetivo de cada delito.

nia, están directamente indicados en las disposiciones de los artículos de la Parte Especial del Código Penal. Las diferencias entre los elementos individuales de los delitos se expresan, por regla general, en la diferencia en los signos del lado objetivo del delito. Está en la naturaleza del acto.

(acción o inacción) y las consecuencias que han ocurrido o pueden ocurrir, en particular el lugar, tiempo, situación, método, así como los instrumentos y medios para cometer un delito, se aclaran las características especiales del peligro social de cada delito. . Por ejemplo, el hurto (artículo 158 del Código Penal de la Federación de Rusia) se diferencia del robo (artículo 161 del Código Penal de la Federación de Rusia) en que es una forma de apoderarse de la propiedad ajena. En caso de robo, una persona roba en secreto la propiedad de otra persona, en caso de robo, abiertamente. En caso de robo, a diferencia del robo, la apropiación de la propiedad ajena se lleva a cabo mediante un ataque cometido con el uso de violencia peligrosa para la vida y la salud, o con la amenaza de dicha violencia.



Cabe señalar que los signos del lado objetivo de cada tipo de delito en las disposiciones de los artículos de la Parte Especial del Código Penal se definen de manera diferente. En algunas disposiciones de artículos sólo se indica una acción o inacción socialmente peligrosa. Por ejemplo, sobre responsabilidad por difamación (artículo 129 del Código Penal de la Federación de Rusia), es decir. difusión de información deliberadamente falsa que desacredite el honor y la dignidad de otra persona o socave su reputación; sobre la responsabilidad por vandalismo (artículo 213 del Código Penal de la Federación de Rusia), por encubrimiento de delitos (artículo 316 del Código Penal de la Federación de Rusia), etc. Las disposiciones de otros artículos se refieren únicamente a consecuencias socialmente peligrosas. Por ejemplo, sobre la responsabilidad por causar daños a la salud de diversa gravedad (artículos 111, 112, 115 del Código Penal de la Federación de Rusia), etc. En este caso, se implica la comisión de un acto o inacción socialmente peligroso. En las disposiciones de varios artículos hay indicaciones tanto de acción o inacción como de consecuencias socialmente peligrosas. Por ejemplo, sobre la responsabilidad por la divulgación de información que constituye un secreto de Estado, que por negligencia tuvo graves consecuencias (Parte 2, artículo 283 del Código Penal de la Federación de Rusia), por violación de las reglas del deber de combate (artículo 340 del Código Penal de la Federación de Rusia). la Federación de Rusia), etc.

En algunas disposiciones de los artículos de la Parte Especial del Código Penal no existen indicios de acción o inacción y su forma. Esto significa que para la presencia del lado objetivo de este delito, no importa en qué formas se expresó la acción o inacción socialmente peligrosa. Por ejemplo, el asesinato (artículo 105 del Código Penal de la Federación de Rusia) se caracteriza como la imposición intencional de la muerte a otra persona, y aquí es indiferente si la muerte se produjo por una puñalada o porque la madre no alimentó a su hijo con el intención de matarlo.

Al ser uno de los elementos del corpus delicti, el lado objetivo sirve

la base de todo el concepto de corpus delicti, ya que el legislador a menudo indica exactamente los signos del lado objetivo del delito. Por ejemplo, sin señales que indiquen un acto socialmente peligroso, no existe una única disposición de los artículos de la Parte Especial del Código Penal de la Federación de Rusia, mientras que otras señales no siempre están indicadas, es decir, son opcionales.

Para los componentes materiales de los delitos, son obligatorios signos como un acto socialmente peligroso, consecuencias socialmente peligrosas y una relación causal entre ellos (por ejemplo, artículos 105, 111, 158 del Código Penal de la Federación de Rusia, etc.). Para delitos con una composición formal, un signo es suficiente: un acto socialmente peligroso (por ejemplo, el artículo 125 del Código Penal de la Federación de Rusia, etc.). Otras características del lado objetivo (método, herramientas y medios, lugar, tiempo y entorno del delito) son opcionales. Pero si están indicados en la disposición de cualquier artículo de la Parte Especial del Código Penal, pasan de facultativos a obligatorios. Por ejemplo, un rasgo opcional del lado objetivo como el lugar del delito es indiferente para algunos elementos del delito (hurto, hurto, atraco, etc.), mientras que para otros es obligatorio (art. 258 del Código Penal de Federación Rusa - caza ilegal, donde en el párrafo "d" parte 1 se indica el lugar del delito, que es una reserva o santuario de vida silvestre).

Cabe señalar que los rasgos facultativos, sin afectar la calificación de los delitos, no son indiferentes a la pena. Por ejemplo, el robo

cometido en un estado de emergencia, una catástrofe natural u otra calamidad pública, así como durante disturbios masivos, conlleva un castigo más severo para el autor que el robo cometido en condiciones normales (ver párrafo “l” de la parte 1 del artículo 63 Código Penal de La Federación Rusa). Las características opcionales también juegan un papel importante en la prueba en un caso penal (por ejemplo, establecer el lugar y el momento en que se cometió un acto delictivo puede ayudar a resolver un delito y exponer a un criminal).

El valor del lado objetivo del delito es multifacético. En primer lugar, el análisis de cada acto delictivo específico comienza con el lado objetivo del acto socialmente peligroso, que permite conocer las intenciones y metas del infractor, es decir. al evaluar su lado subjetivo. En ausencia de signos del lado objetivo del acto en la ley, no puede haber un lado subjetivo del acto y, en consecuencia, un delito en general. En segundo lugar, los signos del lado objetivo del delito permiten distinguir entre delitos que coinciden en otros signos de la composición del delito. Por ejemplo, el fraude (artículo 159 del Código Penal de la Federación de Rusia) y el robo (artículo 162 del Código Penal de la Federación de Rusia) difieren principalmente en la naturaleza de la acción y el método de apropiación ilegal de bienes ajenos. Al cometer fraude, el autor se apodera de la propiedad mediante engaño. En caso de robo, la confiscación de la propiedad ajena se produce mediante un ataque cometido con el uso de violencia severa. En tercer lugar, los signos del lado objetivo del delito, reflejados en la disposición de la norma penal, permiten establecer el objeto del delito, la forma de la culpa, las características del sujeto, etc.

Acto socialmente peligroso (acción o inacción)

Bajo escritura Se entiende como acción o inacción culpable de una persona prohibida por el derecho penal (parte 1 del artículo 14 del Código Penal de la Federación de Rusia). A diferencia de otros rasgos del lado objetivo, un acto es un rasgo necesario de cada corpus delicti.

socialmente peligroso es un acto que atenta contra los objetos de protección del derecho penal, causándoles un daño significativo o poniendo a estos objetos en riesgo de causar dicho daño.

Un acto es siempre concreto, es decir cometido por una determinada persona, en determinadas condiciones, lugar y tiempo. Este es un acto de una persona en el que participa su conciencia.

Como ya se señaló, un acto delictivo incluye un acto u omisión. Un acto delictivo se caracteriza por el comportamiento externo de una persona, es decir. Intervención activa consciente en el curso de eventos y fenómenos en el mundo circundante. Según el derecho penal, no se considera delito ningún estado mental interno del sujeto (por ejemplo, sus pensamientos, vivencias), sino su comportamiento asociado con causar daño o crear un peligro real de causar dicho daño a los objetos de protección del derecho penal. Un acto delictivo se expresa principalmente en la actividad física de una persona, que se manifiesta en el movimiento corporal de una persona (por ejemplo, golpear a la víctima con un cuchillo), así como en aquellos procesos que se dirigen a ella (las acciones de otros personas, el comportamiento de los animales, las acciones de diversos mecanismos, por ejemplo, el uso de una motocicleta al golpear a una víctima con el objetivo de matarla; usar un perro para dañar a la víctima, involucrar a un menor en la comisión

robo, etcétera).

En el sentido del derecho penal, una acción puede manifestarse tanto en un acto de comportamiento (por ejemplo, un delincuente apuñala a la víctima una vez) como puede incluir una serie de elementos específicos que generalmente componen una acción (por ejemplo, acciones para fabricar billetes de banco falsos del Banco de la Federación de Rusia o valiosos

los documentos estatales pueden constar de muchos actos específicos; cada una de ellas no es una acción independiente, sino su elemento).

La inacción delictiva es un comportamiento pasivo de una persona, que se expresa en el incumplimiento del deber que se le ha asignado de actuar de una determinada manera, si dicho comportamiento forma parte de delitos específicos. Estos incluyen la evasión maliciosa del pago de fondos para la manutención de niños o padres discapacitados (artículo 157 del Código Penal de la Federación de Rusia), dejarlos en peligro (artículo 125 del Código Penal de la Federación de Rusia), etc.

El deber de actuar de una persona puede tener varios motivos. Esta obligación suele estar determinada por la ley (por ejemplo, evasión del servicio militar y civil alternativo - artículo 328 del Código Penal de la Federación de Rusia), así como en virtud de un acuerdo; o por motivos oficiales, relaciones familiares y otros motivos (por ejemplo, un bombero en un incendio está obligado a tomar medidas para salvar a las personas; un médico, a brindar asistencia médica a los enfermos; los padres deben cuidar la seguridad de la vida). y la salud de sus hijos; la persona que se compromete en virtud del contrato a cuidar de un menor de edad debe tomar todas las medidas necesarias para garantizar su seguridad, etc.).

La responsabilidad penal por inacción penal surge en algunos casos cuando el acto de inacción en sí, independientemente de sus consecuencias, parece socialmente peligroso (por ejemplo, encubrimiento de delitos especialmente graves - artículo 316 del Código Penal de la Federación de Rusia), en otros - cuando las consecuencias socialmente peligrosas son causadas por la inacción ( por ejemplo, como resultado de una violación de las normas de seguridad vial y operación del transporte ferroviario, aéreo o acuático (artículo 263 del Código Penal de la Federación de Rusia), grave o moderada daños a la salud humana o daños importantes causados ​​por negligencia).

Cabe señalar que la mayoría de los delitos se cometen únicamente mediante acciones, por ejemplo, robo (artículo 161 del Código Penal de la Federación de Rusia), robo (artículo 162 del Código Penal de la Federación de Rusia), etc. Un número relativamente pequeño de delitos se comete únicamente por inacción (por ejemplo, no prestar asistencia a un paciente - artículo 124 del Código Penal de la Federación de Rusia, evasión maliciosa del pago de cuentas por pagar - artículo 177 del Código Penal) de la Federación de Rusia, evasión de pagos aduaneros cobrados a una organización o individual- Arte. 194 del Código Penal de la Federación de Rusia, etc.).

Otros delitos se cometen tanto por acción como por inacción (por ejemplo, asesinato - artículo 105 del Código Penal de la Federación de Rusia, muerte por negligencia - artículo 109 del Código Penal de la Federación de Rusia, violación de las normas para el manejo de sustancias peligrosas para el medio ambiente sustancias y residuos - artículo 247 del Código Penal de la Federación de Rusia, etc.).

Hay que tener en cuenta que un acto socialmente peligroso (acción o inacción) tiene carácter penal cuando es volitivo. El comportamiento activo o pasivo de una persona, permitido por ella bajo la influencia de fuerza mayor, así como la coerción física por parte de otras personas, no tiene carácter penal.

La fuerza mayor en el Código Civil de la Federación de Rusia se define como un evento urgente e irresistible en determinadas condiciones. Su fuente pueden ser las acciones de las fuerzas de la naturaleza (inundaciones, terremotos, condiciones climáticas), mecanismos y otros fenómenos. Por ejemplo, un médico no puede brindar asistencia a un paciente que se encuentra en una zona de terremoto, lo que resulta en su muerte; un peatón, al caer sobre una vía resbaladiza, atropella a una persona, causándole graves daños corporales, etc. Para algunas profesiones, la referencia a fuerza mayor no siempre está justificada. Así, un bombero, superando todo tipo de obstáculos (incendios, derrumbes) en su camino con riesgo de su vida, está obligado a salvar a las personas; un militar en condiciones extremas debe cumplir una orden particularmente importante, etc. Sin embargo, la responsabilidad penal en estos casos sólo puede surgir cuando se establece que podrían, a riesgo de sus vidas, superar estos obstáculos.

La coerción física es cualquier influencia física sobre una persona, privándola de la oportunidad de actuar por su propia voluntad. Por ejemplo, un guardia de seguridad de una tienda, atado por delincuentes, no puede informar a la policía sobre un robo. Aquí no hay inactividad del guardia, ya que se le priva de la oportunidad de elegir tal o cual comportamiento (usar un arma, pulsar el botón de alarma, llamar a la policía, etc.).

Junto a la coerción física, también existe la coerción mental, que se expresa en obligar a una persona, así como a sus familiares, mediante una amenaza (puede ir acompañada de golpizas, torturas) a cometer o abstenerse de acciones que constituyen la composición. de un delito (por ejemplo, cometer robo - artículo 158 del Código Penal de la Federación de Rusia, negarse a trabajar a nivel nacional - artículo 136 del Código Penal de la Federación de Rusia, etc.).

Cometer un delito bajo la influencia de coerción psicológica, salvo algunas excepciones, conlleva responsabilidad penal, ya que una persona tiene la capacidad física (a diferencia de la coerción física) para cometer o no un delito según la voluntad de la amenaza. Sin embargo, si una acción o inacción de una persona se comete bajo una amenaza real de privación inmediata de su vida (por ejemplo, un empleado de una oficina de cambio transfiere dólares a delincuentes a punta de pistola), entonces el problema en este caso debe resolverse. según las reglas de extrema necesidad (artículo 39 del Código Penal de la Federación de Rusia), lo que excluye la tipificación del acto.

Consecuencias socialmente peligrosas.

Cualquier acto socialmente peligroso conlleva determinadas consecuencias, es decir. o causa daño directo a objetos protegidos por el derecho penal, o pone estos objetos en peligro de causarles daño.

Si un acto socialmente peligroso es el único signo obligatorio del lado objetivo de cualquier delito, entonces las consecuencias socialmente peligrosas son inherentes sólo a un delito con una composición material.

Dependiendo de la estructura legislativa de los elementos del delito, la cuestión del momento del fin legal del delito está asociada:

a) con la aparición de un daño específico (por ejemplo, privación de la vida de otra persona

- Arte. 105 del Código Penal de la Federación de Rusia);

b) con una posibilidad real de daño (por ejemplo, la producción de tipos prohibidos de desechos peligrosos, transporte, almacenamiento, entierro, uso u otro manejo de sustancias y desechos radiactivos, bacteriológicos, químicos en violación de las reglas establecidas, si estos actos crearon una amenaza que cause un daño significativo a la salud humana o ambiente- parte 1 del art. 247 del Código Penal de la Federación de Rusia);

c) la comisión únicamente del acto en sí, prohibido por la norma penal

(por ejemplo, salir en peligro - Art. 125 del Código Penal de la Federación de Rusia).

Los componentes de los delitos en los que el legislador indica como obligatorias consecuencias socialmente peligrosas (resultado delictivo) se denominan material. Estos incluyen causar intencionalmente daños a la salud (artículos 111, 112, 115 del Código Penal de la Federación de Rusia), hurto, robo (artículos 158 y 161 del Código Penal de la Federación de Rusia), etc.

Establecimiento de consecuencias socialmente peligrosas (su naturaleza, gravedad y

tamaño), su análisis preciso es esencial para la clasificación de los delitos. Por ejemplo, causar intencionalmente lesiones corporales graves (artículo 111 del Código Penal de la Federación de Rusia) y causar intencionalmente lesiones corporales moderadas (artículo 112 del Código Penal de la Federación de Rusia) tienen lo mismo

signos según elementos del corpus delicti como objeto, sujeto, lado subjetivo, con excepción del lado objetivo, según el cual estos corpus delicti se distinguen entre sí, es decir, según la gravedad de las consecuencias (daño grave - art. 111 del Código Penal de la Federación de Rusia, daño moderado - art. 112 del Código Penal de la Federación de Rusia).

En algunos delitos, las consecuencias actúan como circunstancias calificativas y especialmente calificativas (por ejemplo, robo que causa un daño importante a un ciudadano - parte 3 y robo en una escala especialmente grande - párrafo "b" parte 4 del artículo 158 del Código Penal de la Federación Rusa) y así sucesivamente.

Si el legislador indica ciertas consecuencias en la disposición del artículo de la Parte Especial del Código Penal, entonces el hecho mismo de su ocurrencia da motivos para calificar las acciones del perpetrador en virtud de este artículo como el delito final. Un acto delictivo cometido que no condujo a la aparición de consecuencias debe considerarse como un intento de los perpetradores de cometer un delito.

En la composición formal de los delitos, el legislador no vincula su objetivo con la imposición de consecuencias. Sin embargo, esto no significa que si no hay indicios de consecuencias en delitos individuales, entonces no tendrán consecuencias. En realidad, todos los delitos (incluidos los formales) introducen ciertos cambios perjudiciales en los objetos de protección del derecho penal, es decir. causar daño o ponerlos en riesgo de sufrir daño.

El peligro social de las acciones en composiciones formales radica en el hecho de que, en su conjunto, pueden conducir a cambios socialmente peligrosos en el objeto del delito. Por lo tanto, es necesario castigar las acciones en sí, independientemente de las consecuencias (por ejemplo, véanse los artículos 125, 177, 186, parte 1 del artículo 247 del Código Penal de la Federación de Rusia y otros, donde solo se consideran actos socialmente peligrosos). indicado).

Cabe señalar que la elección por parte del legislador de una u otra estructura del lado objetivo del delito (elementos materiales, formales, truncados del delito) se realiza teniendo en cuenta y dependiendo de la naturaleza y el grado de peligrosidad social de un delito concreto, así como sobre sus características específicas. Entonces, en la parte 1 del art. 283 del Código Penal de la Federación de Rusia no hay indicios de la aparición de consecuencias perjudiciales como signo del lado objetivo de un delito como la divulgación de secretos de estado, sin embargo, el peligro público permanece aquí independientemente de las consecuencias (formal composición), por lo que también se establece la punibilidad de este hecho. Pero en la parte 2 del art. 283 del Código Penal de la Federación de Rusia, el legislador señala el mismo acto, que por negligencia conllevó graves consecuencias (composición material), como un tipo calificado de este delito, para el cual se establece una pena más severa.

En otros casos, si el legislador construyera algunos elementos de los delitos como materiales, entonces el castigo por su comisión sería raro. Por ejemplo, un delito como la evasión maliciosa del pago de fondos para la manutención de niños o padres discapacitados (artículo 157 del Código Penal de la Federación de Rusia) es formal, lo que no reduce en absoluto su peligro público. Pero si el legislador aquí señalara las consecuencias (enfermedad, muerte, etc.), entonces este delito se consideraría consumado desde el momento en que ocurrieron estas consecuencias, lo que, naturalmente, no correspondería al principio de castigo justo.

causalidad

Una relación causal como signo del lado objetivo de un delito se establece en los componentes materiales de los delitos. La responsabilidad penal por consecuencias socialmente peligrosas sólo es posible cuando son causadas por una acción (inacción)

viem) personas y existe una relación causal culpable entre ellas. La ausencia de una relación causal excluye la responsabilidad penal, por graves que sean las consecuencias. Si se establece una relación causal entre un acto socialmente peligroso y consecuencias socialmente peligrosas, pero no hay culpa de la persona, no puede haber responsabilidad penal (ver artículo 5 del Código Penal de la Federación de Rusia).

Cabe señalar que el derecho penal no resuelve directamente las cuestiones de causalidad, pero en la teoría del derecho penal se les da un lugar determinado, ya que el establecimiento de una relación causal entre un acto de una persona y las consecuencias socialmente peligrosas es una cuestión. de un hecho concreto, el cual es resuelto por las autoridades fiscales, investigadoras y judiciales, con base en las circunstancias del caso, peritajes, etc.

Desde el punto de vista del materialismo dialéctico, la causalidad es una de las formas de conexión objetiva universal, interdependencia e interdependencia de objetos y fenómenos del mundo objetivo que nos rodea. La esencia de una relación causal es que un fenómeno, bajo ciertas condiciones, genera y causa de forma natural y necesariamente otro fenómeno. El primero de ellos es la causa, el segundo es el efecto. La causa siempre precede al efecto. De esto se desprende que cualquier acto socialmente peligroso es causa de un resultado delictivo sólo cuando se comete antes del resultado delictivo. En caso contrario, este acto no es causa de consecuencias penales en ningún caso.

Al considerar las consecuencias de un acto socialmente peligroso específico de una persona, es necesario establecer si fue causado en la realidad objetiva por este acto particular (acción o inacción) de una persona o no. Sólo se produce una conexión causal cuando las consecuencias socialmente peligrosas son objetivamente, aunque independientes de la voluntad de la persona, generadas precisamente por su acto ilícito, cometido en condiciones dadas, a menudo únicas.

Hay que tener en cuenta que la relación causal, como se mencionó anteriormente, debe determinarse tal como realmente fue en la realidad objetiva. Pero en la vida hay circunstancias en las que la aparición de consecuencias nocivas fue provocada por algunas características del cuerpo de la víctima o características inusuales circunstancias del acto. Sin embargo, si las consecuencias perjudiciales se produjeron sólo en estas condiciones especiales, entonces es necesario reconocer la existencia de una relación causal.

En apoyo de esto, se puede citar uno de los ejemplos de la práctica judicial y de investigación. En la pista de baile, el señor V., por celos, asestó varios golpes con la mano al señor D. en la cabeza. Dos días después, el señor D. murió. La conclusión del examen médico forense demostró que la muerte del Sr. D. se debió a una inflamación de las meninges, provocada por un golpe en la cabeza. Anteriormente el Sr. D. padeció un proceso inflamatorio del cerebro. En este caso, la causa de la muerte del Sr. D. debe reconocerse como un golpe en la cabeza con la mano, que se produjo debido a las características excepcionales de su estado de salud. La muerte del Sr. D. en estas circunstancias tiene una relación causal con la acción del Sr. V., pero éste no fue procesado por causar la muerte por falta de culpabilidad (un signo del lado subjetivo del delito), ya que no conocía ni podía conocer las características del estado del cuerpo de la víctima y su significado. El Sr. V. fue procesado por palizas, que en este caso estaban encubiertas por su intención.

Al establecer una relación causal, también es necesario establecer si el acto (acción o inacción) de una persona precedió en el tiempo a la aparición de consecuencias perjudiciales. Si las consecuencias ocurrieron antes de la comisión del acto o simultáneamente con él, entonces no existe relación causal. Por ejemplo, no se puede culpar por negligencia a un contador que no se dio cuenta de una grave falsificación de una factura recibida del almacén, según la cual el tendero ya había despachado mercancías por una gran cantidad de dinero. En este caso, no existe una relación causal entre la negligencia del contador y las consecuencias socialmente peligrosas.

Cabe señalar que una simple secuencia de eventos aún no indica la presencia de una relación causal entre ellos. El establecimiento de algún hecho de violación no dice nada todavía. Aquí es necesario demostrar que se trató de una infracción específica que conllevó las consecuencias socialmente peligrosas especificadas en la ley. Por ejemplo, no es raro que los conductores de vehículos conduzcan sin licencia de conducir. Sin embargo, la obligación de llevar consigo no es base para resolver la cuestión de la relación causal entre la falta de una licencia de conducir y la comisión por parte del conductor de un accidente de tráfico en el que murieron personas. En este caso, el establecimiento de un solo hecho, conducir un vehículo sin permiso de conducir, no prueba su culpabilidad en un accidente de tráfico. Para establecer una relación causal entre una acción socialmente peligrosa de un conductor y consecuencias socialmente peligrosas, es necesario averiguar qué reglas de tránsito específicas violó y si esta infracción en particular fue el inicio de un resultado criminal. Por ejemplo, si un conductor, violando las normas de tránsito, transporta pasajeros en un automóvil no equipado para este fin y, como resultado de una frenada brusca, uno de ellos se cae del cuerpo, dañando así su salud, entonces existe una relación causal. Pero si asumimos en este ejemplo que el propio pasajero saltó de la carrocería del automóvil y como resultado murió, entonces no existe una relación causal entre la violación de las reglas de tránsito por parte del conductor y la muerte del pasajero, lo que excluye su responsabilidad penal. Aquí sólo podemos hablar de responsabilidad administrativa.

Se sabe que cierto número de elementos de los delitos se caracterizan por

en el lado positivo, no sólo por la acción, sino también por la inacción y la aparición o creación de un peligro de consecuencias socialmente peligrosas. La responsabilidad penal en caso de inacción también puede surgir sólo si existe una relación causal entre esta inacción y el resultado delictivo que se ha producido o la posibilidad de que ocurra. El culpable es penalmente responsable en caso de inacción sólo en el caso de que estuviera obligado a actuar de determinada manera y tomar medidas para evitar el resultado delictivo. Por tanto, la inacción, como la acción, puede dar lugar a consecuencias socialmente peligrosas. Por ejemplo, la inactividad de un vigilante que custodia una tienda puede ser consecuencia de un robo; la falta de asistencia médica a un médico enfermo que puede proporcionarla provoca la muerte, etc. En ausencia de una obligación, así como de la capacidad de una persona para actuar, no se plantea la cuestión de la inacción.

Cabe señalar que en la práctica procesal, investigativa y judicial, a menudo se dan casos de consecuencias socialmente peligrosas causadas por una variedad de razones, cuando en algunos casos el resultado criminal es causado por las actividades consistentes de dos personas, y en otros, la las acciones de los individuos son tales que cada uno de ellos causa de forma independiente un resultado criminal. Por ejemplo, por culpa del encargado de la estación, no se colocaron carteles que advirtieran sobre la realización de trabajos de reparación en la vía del tren. Advirtió que en

En un lugar determinado se estaban realizando trabajos de reparación, el conductor de la locomotora eléctrica no detuvo el tren, por lo que se estrelló. En este caso, la causa del accidente de tren es la inacción de dos personas. Si al menos uno de ellos cumpliera con sus deberes (el encargado de la estación instaló señales de advertencia y el conductor detuvo el tren), entonces no habría tales consecuencias.

En la literatura jurídica, además de la relación de causalidad que hemos considerado, también se menciona la relación de causalidad aleatoria, cuando en su desarrollo se incluyen otras circunstancias que pueden modificar el resultado delictivo. Tales circunstancias pueden ser las acciones de la víctima, animales, insectos, fuerzas naturales, etc., que pueden tener consecuencias inesperadas. Por ejemplo, el Sr. D. golpeó la pierna del Sr. Zh. con una barra de hierro. Accidentalmente se infectó la herida formada por el impacto de la barra, lo que provocó una intoxicación de la sangre, a causa de la cual la víctima murió. En este caso, el Sr. D. no puede ser considerado penalmente responsable por causar la muerte. Su responsabilidad estará determinada por la gravedad del daño causado a la salud de la víctima, hacia el cual estaba dirigida la intención del autor. En consecuencia, la responsabilidad penal sólo es posible si existe una relación causal necesaria (y no accidental) entre el comportamiento socialmente peligroso de una persona y el resultado delictivo que se ha producido. Las causas aleatorias son condiciones insignificantes para la aparición de consecuencias perjudiciales y, en tales casos, la práctica procesal, investigativa y judicial considera la ausencia de una relación causal, y no la presencia de una relación aleatoria.

En algunos elementos de los delitos, el castigo se establece no solo por la aparición de consecuencias perjudiciales, sino también por la creación de la posibilidad de que ocurran, ya que cualquier consecuencia ya está incluida en la causa como una posibilidad real. La esencia de una posibilidad real radica en el hecho de que existen todos los motivos objetivos para su manifestación y, bajo determinadas condiciones, necesariamente se revela en la realidad.

Debe tenerse en cuenta que el concepto de oportunidad real tiene su aplicación en la ley en los casos en que el legislador prevé responsabilidad penal no sólo por la ocurrencia real de un resultado delictivo, sino también por la creación de una amenaza de su ocurrencia. Por ejemplo, en la disposición de la Parte 1 del art. 247 del Código Penal de la Federación de Rusia determina que “la producción de tipos prohibidos de desechos peligrosos, el transporte, el almacenamiento, el entierro, el uso u otro manejo de sustancias y desechos radiactivos, bacteriológicos, químicos en violación de las reglas establecidas, si estos actos creó una amenaza de causar daños significativos a la salud humana o al medio ambiente". En este caso, la expresión "amenaza de causar daños importantes a la salud o al medio ambiente" representa lo que podría denominarse una posibilidad real. En este sentido, las acciones del perpetrador deberían crear sólo una posibilidad real, y no abstracta, de un resultado criminal.

Lugar, momento, situación, método, herramientas y medios para cometer un delito como signos facultativos del lado objetivo del delito.

Cabe señalar que las características opcionales del lado objetivo del delito (lugar, tiempo, método, medios y circunstancias de la comisión del delito) no importan para la calificación del delito, pero afectan el grado de su público. peligro y son tenidos en cuenta por el tribunal al condenar al autor. Además, la presencia de estos signos puede contribuir a mitigar la pena (parte 1 del artículo 61 del Código Penal de la Federación de Rusia) o fortalecerla (parte 1 del artículo 63 del Código Penal de la Federación de Rusia).

Debido a que en algunos casos las características del lugar, tiempo, situación, así como el método y medio de comisión de un delito caracterizan significativamente la peligrosidad pública de un acto y su grado, el legislador señala algunos de ellos como signos de ciertos elementos de los delitos. Por ejemplo, la producción ilegal de animales y plantas acuáticos (artículo 256 del Código Penal de la Federación de Rusia) utilizando un vehículo flotante autopropulsado o explosivos y productos químicos, corriente eléctrica u otros métodos de exterminio masivo de animales y plantas acuáticos (cláusula " b" parte 1 del artículo 256 del Código Penal de la Federación de Rusia); en zonas de desove o en rutas migratorias hacia ellas (párrafo “c” de la parte 1 del artículo 256 del Código Penal de la Federación de Rusia); en el territorio de una reserva natural, un santuario de vida silvestre, o en una zona de desastre ecológico, o en una zona de emergencia ambiental (cláusula "d", parte 1, artículo 256 del Código Penal de la Federación de Rusia). En la parte 2 de este artículo, el legislador señala la prohibición de la extracción de mamíferos en alta mar o en zonas restringidas.

Ubicación del crimen es el espacio, el territorio dentro del cual se comete el delito.

El concepto de "territorio" debe entenderse en el sentido más amplio de la palabra. Puede ser parte de la división administrativa del territorio estatal, por ejemplo, mar abierto u otra vía navegable (artículo 270 del Código Penal de la Federación de Rusia: la falta de asistencia del capitán a quienes se encuentran en peligro), o como parte de un área determinada donde, por ejemplo, se protege el orden público y garantiza la seguridad pública (parte 1 del artículo 343 del Código Penal de la Federación de Rusia), etc.

momento del crimen debe entenderse no como una determinada época del año o hora del día, sino como la duración de un evento o un cierto período de tiempo durante el cual ocurrió este evento.

Por ejemplo, insulto por parte de un militar a otro durante el desempeño o en relación con el desempeño de las funciones del servicio militar (parte 1 del artículo 336 del Código Penal de la Federación de Rusia). A menudo, el legislador indica este signo como circunstancia calificativa en elementos específicos de los delitos. Por ejemplo, abandono no autorizado de una unidad o lugar de servicio, así como no presentarse a tiempo sin una buena razón para el servicio durante más de diez días, pero no más de un mes, la comisión por parte de un militar que realiza el servicio militar en servicio militar obligatorio. o en virtud de un contrato (parte 3 del art. 337 del Código Penal de la Federación de Rusia). El tiempo como signo del lado objetivo de un delito puede actuar como circunstancia agravante. Por ejemplo, la comisión de un delito en un estado de emergencia, un desastre natural u otro desastre público, así como durante disturbios masivos (cláusula "l", parte 1, artículo 63 del Código Penal de la Federación de Rusia).

Bajo la apariencia de un crimen Se entiende como un conjunto de rasgos que caracterizan su carácter objetivo, que pueden tanto aumentar como disminuir la peligrosidad social de un delito.

La situación es una especie de condiciones para la comisión de un delito. Por ejemplo, matar

un acto cometido en un estado de fuerte agitación emocional (afecto) repentino causado bajo la influencia de una situación especial (violencia, acoso o insulto grave por parte de la víctima u otras acciones ilegales o inmorales (inacción) de la víctima, así como como una situación psicotraumática prolongada, que surge en relación con el comportamiento ilegal o inmoral sistemático de la víctima (parte 1 del artículo 107 del Código Penal de la Federación de Rusia). También sucede que el delincuente utiliza tal o cual entorno para cometer un delito. Por ejemplo, condiciones de desastre natural o de otro tipo; Insulto público de un representante de las autoridades en el desempeño de su cargo. deberes oficiales o en relación con su uso (artículo 319 del Código Penal de la Federación de Rusia); cometer un delito contra el servicio militar en tiempo de guerra o en situación de combate (parte 3 del artículo 331 del Código Penal de la Federación de Rusia).

En muchos casos, la situación de la comisión de un delito tiene cierta importancia para la individualización de la pena, tanto como atenuante (cláusulas “a”, “d”, “e”, parte 1 del artículo 61 del Código Penal de la Federación de Rusia), y como circunstancia agravante (cláusula " l "parte 1 del artículo 63 del Código Penal de la Federación de Rusia).

El método para cometer un delito es un conjunto de técnicas y métodos que utiliza un delincuente para cometer un delito. Como método se puede citar el engaño, el abuso de confianza, el uso del cargo oficial, etc.

La forma en que se comete un delito a menudo afecta la naturaleza y el grado de peligro público del delito. El legislador en casos concretos, cuando el método aumenta la peligrosidad social del acto, lo introduce en la lista de signos del corpus delicti correspondiente. Por ejemplo, si el insulto se difunde en hablar en público, trabajo demostrado públicamente o medios de comunicación, la persona culpable de tal insulto será castigada con mayor severidad (Parte 2, artículo 130 del Código Penal de la Federación de Rusia). También constituye una circunstancia agravante la forma en que se cometió el delito. Por ejemplo, el párrafo "y" parte 1 del art. 63 prevé la comisión de un delito con especial crueldad, sadismo, burla y tormento para la víctima.

Cabe señalar que en varios delitos la forma de cometer el delito es el rasgo principal que caracteriza el acto como socialmente peligroso. En algunos artículos del Código Penal de la Federación de Rusia, el legislador indica métodos más peligrosos para cometer un delito como signos de composición que caracterizan el lado objetivo de un tipo de delito calificado.

Hay una serie de artículos en el Código Penal de la Federación de Rusia en los que, como signo que caracteriza el lado objetivo del delito, se indica el método de comisión del delito. Por ejemplo, hurto (artículo 158 del Código Penal de la Federación de Rusia) y robo (artículo 161 del Código Penal de la Federación de Rusia). Estos delitos se distinguen entre sí precisamente por la forma en que se comete el delito (el robo es el robo secreto de la propiedad ajena, el robo es el robo abierto de la propiedad ajena). En otros artículos del Código Penal de la Federación de Rusia, la forma de cometer un delito es un signo tanto del tipo principal como del calificado de corpus delicti. Por ejemplo, en el art. 188 del Código Penal de la Federación de Rusia, que prevé la responsabilidad por contrabando, como signo del lado objetivo, se indica el uso fraudulento de documentos o medios de identificación aduanera. En el apartado "e" del apartado 2 del art. 105 del Código Penal de la Federación de Rusia indica un asesinato cometido por un general de una manera peligrosa como circunstancia calificativa. Otros artículos del Código Penal de la Federación de Rusia contienen métodos similares, generalmente peligrosos, para cometer un delito (por ejemplo, el párrafo "c" de la parte 2 del artículo 111 del Código Penal de la Federación de Rusia).

Algunas disposiciones de los artículos del Código Penal de la Federación de Rusia contienen una lista aproximada de posibles formas de cometer un delito. Por ejemplo, en la parte 1 del art. 150 del Código Penal de la Federación de Rusia establece que la participación de un menor en la comisión de un delito es posible mediante promesas, engaños, amenazas o de cualquier otra forma. Esto debe entenderse de tal manera que este delito pueda cometerse de formas distintas a las enumeradas.

Bajo los instrumentos del crimen. Se refiere a los objetos del mundo exterior utilizados por el criminal para cometer un delito.

Por ejemplo, usar una pistola o un cuchillo para matar. En varios casos, el legislador incluye herramientas entre los signos del lado objetivo del cuerpo del delito. Por ejemplo, el uso de armas o elementos utilizados como armas en el momento del secuestro de una persona aumenta la peligrosidad pública del acto, por lo que el legislador señaló como delito calificado el secuestro de una persona utilizando estos instrumentos (cláusula “d”, parte 2, artículo 126 del Código Penal de la Federación de Rusia), para el cual se prevé una pena más severa.

Bajo los medios para cometer un delito. debe entenderse lo que contribuye a la comisión o consumación del delito iniciado.

Por ejemplo, los delincuentes utilizan un coche para derribar las puertas de una tienda y luego se llevan los bienes robados. El uso de los medios para cometer un delito puede influir en la calificación de un delito o en el grado de su peligrosidad pública. Por tanto, la fuga de un lugar de privación de libertad, de un arresto o de una custodia con el uso de objetos utilizados como armas (párrafo "c" de la parte 2 del artículo 313 del Código Penal de la Federación de Rusia) es una circunstancia calificada, lo que aumenta el peligro social.

En determinados artículos del Código Penal de la Federación de Rusia, el legislador indica directamente los medios por los que se comete el delito. Por ejemplo, la caza ilegal de animales y plantas acuáticos utilizando un vehículo flotante autopropulsado (cláusula "b" de la parte 1 del artículo 156 del Código Penal de la Federación de Rusia), la caza ilegal utilizando un vehículo de motor o avión (cláusula "b " de la parte 1 del Art. 1 del artículo 258 del Código Penal de la Federación de Rusia).

  • cuerpo del delito
    • El concepto y significado del cuerpo del delito. Sus elementos y características.
    • Correlación entre los conceptos de "corpus delicti" y "crimen"
    • Tipos de corpus delicti según el grado de peligro público, el método de descripción de sus características, así como las características de diseño del lado objetivo.
  • Objeto del crimen
    • Los principales conceptos del objeto del delito y su importancia en el derecho penal.
    • Tipos de objetos del delito
    • La diferencia entre el objeto de un delito y el sujeto de un delito penal.
  • El lado objetivo del crimen.
    • El concepto del lado objetivo del corpus delicti y su importancia en el derecho penal.
    • El acto delictivo como signo principal del lado objetivo del delito. Formas de un acto criminal.
    • consecuencias penales. Tipos de consecuencias penales
    • Causalidad: concepto, conceptos y trascendencia jurídica.
    • Lugar, tiempo, método, entorno, herramientas y medios para cometer un delito.
  • El lado subjetivo del crimen.
    • El concepto y significado del lado subjetivo del delito.
    • La culpa como rasgo principal de la vertiente subjetiva del corpus delicti y su trascendencia en el derecho penal
    • La intención como forma de culpa y su contenido intelectual y volitivo.
    • Tipos de intención
    • Negligencia y sus tipos.
    • Delito con dos formas de culpa
    • Características opcionales del lado subjetivo del corpus delicti y su importancia en el derecho penal.
    • Errores de hecho y de derecho
  • El tema del crimen.
    • El concepto y significado del sujeto del delito. Correlación entre los conceptos de "sujeto del corpus delicti y personalidad del sujeto del corpus delicti"
    • Alcanzar cierta edad y cordura como condiciones necesarias para asumir responsabilidad penal
    • Locura. Consecuencias jurídicas de declarar a una persona loca
    • Cordura limitada. Responsabilidad penal de las personas con un trastorno mental sin exclusión de la cordura
    • Tipos de sujetos del delito
  • Calificación de actos socialmente peligrosos.
    • El concepto, tipos, etapas y significado de la calificación de actos socialmente peligrosos.
    • Principios de calificación de actos socialmente peligrosos.

El concepto del lado objetivo del corpus delicti y su importancia en el derecho penal.

Como cualquier acto de comportamiento volitivo de una persona, un delito es una unidad de sus propiedades y características externas (objetivas) e internas (subjetivas). El lado exterior del cuerpo del delito forma su lado objetivo, y el lado interior, el lado subjetivo.

Al reconocer el vínculo inextricable entre los elementos objetivos y subjetivos de un delito, la ciencia del derecho penal al mismo tiempo los estudia por separado, lo cual es necesario para su comprensión más profunda. Este enfoque permite comprender mejor los aspectos objetivos y subjetivos del delito, que en realidad constituyen un acto único e indivisible de conducta delictiva.

Cuando se detecta un delito, nos encontramos en primer lugar con sus características objetivas: un acto específico de comportamiento del sujeto en forma de acción o inacción, que siempre se lleva a cabo en un determinado entorno objetivo, en un determinado lugar y en un determinado tiempo. Este acto de comportamiento siempre se lleva a cabo de manera adecuada, por ejemplo, el robo desde el lado objetivo se expresa en el robo secreto de la propiedad ajena (artículo 158), el robo, en el robo abierto de dicha propiedad (artículo 161). Un delito siempre conlleva determinadas consecuencias socialmente peligrosas, ya que como resultado de su comisión se provoca un daño importante a los valores, beneficios, intereses y relaciones públicas sociales protegidos por el derecho penal.

A veces se comete un delito utilizando determinados elementos del mundo material: dispositivos técnicos, armas de fuego o acero frío, documentos falsificados u otros medios. Su uso selectivo en muchos sentidos permite al delincuente cometer con mayor éxito una intención delictiva y causar daños más graves.

Así, el lado objetivo es uno de los elementos. cuerpo del delito, que incluye características que caracterizan manifestación exterior crímenes en la realidad, disponibles para observación y estudio.

En nuestra opinión, el académico V.N. dio una definición detallada y más exitosa del lado objetivo del corpus delicti. Kudryavtsev: “El lado objetivo del corpus delicti es el proceso de usurpación socialmente peligrosa e ilícita de bienes jurídicamente protegidos, considerado desde su lado externo, desde el punto de vista del desarrollo coherente de aquellos hechos y fenómenos que comienzan con la acción delictiva ( inacción) del sujeto y terminar con la aparición de un resultado delictivo”1 Kudryavtsev V.N. El lado objetivo del crimen. - M., 1960. - S. 9..

Es en los signos externos del acto donde encuentran su expresión directa las actitudes negativas del culpable en relación con los bienes públicos protegidos por la ley. Los pensamientos, las ideas, incluso las que tienen una orientación antisocial, no perjudican los intereses del individuo, la sociedad y el Estado, por lo que no pueden tener consecuencias jurídicas penales. En este sentido, los motivos para responsabilizar penalmente a una persona aparecen sólo si se establecen los signos necesarios del lado objetivo.

Las características del lado objetivo incluyen:

  • un acto socialmente peligroso (acción o inacción) que invade un objeto en particular;
  • consecuencias socialmente peligrosas;
  • relación causal entre una acción (inacción) socialmente peligrosa y consecuencias socialmente peligrosas;
  • forma, lugar, tiempo, situación, medios e instrumentos para cometer un delito.

Los signos objetivos de los delitos comunes a todas las infracciones se estudian en la Parte General del Derecho Penal.

Entonces, en s.t. 14 del Código Penal de la Federación de Rusia establece que "un acto socialmente peligroso y culpable, prohibido por este Código bajo amenaza de castigo, se reconoce como delito". Así, el legislador establece que un delito es un acto socialmente peligroso e ilegal, es decir. caracteriza tal rasgo objetivo como un acto.

Sin embargo, el aspecto objetivo del corpus delicti se refleja más plenamente en la disposición de los artículos de la Parte Especial. Por ejemplo, en s.t. 214 del Código Penal un delito como el vandalismo se define de la siguiente manera: "... contaminación de edificios u otras estructuras, daños a la propiedad en el transporte público o en otros lugares públicos". Así se revelan los signos del lado objetivo, es decir. Se da una descripción de las acciones que forman la composición del vandalismo.

Las características del lado objetivo, principalmente el acto en sí y las consecuencias socialmente peligrosas resultantes, determinan ciertos métodos para describir los signos de todo el delito en los artículos pertinentes del Código Penal. En los artículos de la Parte Especial, al determinar el lado objetivo, se indican los signos necesarios para la individualización específica del acto, lo que permite distinguir entre diversos delitos similares en objeto, sujeto y lado subjetivo.

Hay dos grupos de signos del lado objetivo:

un mandatorio

b) opcional (adicional).

Obligatorios son los signos que son inherentes a cualquier corpus delicti, y opcionales, aquellos que no están indicados en todos, sino solo en algunos corpus delicti.

Al evaluar un acto socialmente peligroso como una característica obligatoria del aspecto objetivo del delito, todos los científicos son unánimes. También es unánime en la literatura jurídica que el método, lugar, tiempo, situación, instrumentos y medios para la comisión de un delito se denominan características facultativas del lado objetivo del delito.

Al mismo tiempo, es discutible la cuestión de si los signos de consecuencias y causalidad son obligatorios para todos los delitos.

Algunos estudiosos creen que cualquier delito, por definición, causa algún daño a las relaciones públicas y la ausencia de una indicación de una consecuencia socialmente peligrosa específica del delito solo significa que existe una presunción de la presencia de tales consecuencias en esta composición y es No es necesario demostrar su presencia para responsabilizar a una persona.

Por tanto, una consecuencia socialmente peligrosa y una relación causal entre un acto y una consecuencia siguen teniendo el carácter de obligatorias, ya que deben estar presentes en cualquier delito. 2 Véase, p.e. Kozachenko I.Ya. Derecho penal. Parte general: libro de texto para universidades / otv. ed. Y YO. Kozachenko y Z.A. Neznamov. - M.: NORMA-INFRA, 1999. - S. 145..

Parece más lógica la posición de aquellos científicos que afirman que dado que el legislador no indica las consecuencias en los elementos formales de los delitos, entonces para estas composiciones estos signos (consecuencia y causalidad) son opcionales.

El valor del lado objetivo del delito está determinado por una serie de circunstancias. El elemento considerado es obligatorio para cualquier corpus delicti, su ausencia excluye la tipificación y punibilidad del hecho. También es necesario tener en cuenta el hecho de que la presencia o ausencia de uno o más signos del lado objetivo puede afectar significativamente la calificación del acto. Por ejemplo, si por razones ajenas al autor no hay consecuencias al cometer una composición con la estructura material del lado objetivo, entonces el hecho se califica como un delito inconcluso.

Los signos del lado objetivo son el criterio principal para distinguir delitos conexos. Al mismo tiempo, merecen atención tanto las características obligatorias como las opcionales. El punto principal aquí es la descripción del acto y el método de comisión del acto delictivo. Por ejemplo, el secuestro (artículo 126 del Código Penal de la Federación de Rusia) se diferencia de un delito conexo: la privación ilegal de libertad (artículo 127 del Código Penal de la Federación de Rusia) en términos del método de comisión. Cuando una persona es secuestrada, la víctima es capturada y trasladada a otro lugar, mientras que la privación ilícita de la libertad está asociada al mantenimiento de una persona en el lugar donde se encontraba anteriormente.

Los signos del lado objetivo (la dirección del acto que provoca un cierto tipo de consecuencias) permiten establecer objeto del crimen, es decir. aquellos relaciones públicas, los intereses y beneficios que invade.

A partir del estudio de los signos del lado objetivo, en algunos casos es posible juzgar el contenido del lado subjetivo del delito cometido, en particular, la dirección de la intención, los motivos y las metas perseguidas por el autor. Por ejemplo, al cometer un delito con una composición formal, solo podemos hablar de intención directa, porque el acto delictivo en sí solo puede cometerse conscientemente.

En ocasiones, el correcto establecimiento de los signos del lado objetivo permite distinguir entre un acto delictivo y no delictivo. En particular, si la violación de las normas de seguridad vial o la operación de vehículos ha causado daños materiales o daños a la salud de gravedad pequeña o moderada, entonces el hecho cometido por el autor no se considerará un delito, sino una infracción administrativa ( para reconocer el hecho como delito se requiere que como consecuencias socialmente peligrosas se hayan causado lesiones corporales graves, la muerte o la muerte de varias personas a la víctima).

En varios casos, los signos del lado objetivo actúan como signos de un corpus delicti calificado y, si se ignoran, se dará una calificación incorrecta del hecho. Por lo tanto, en presencia de un método generalmente peligroso, el asesinato cometido no debe calificarse según la Parte 1 del art. 105, y según el párrafo "c" parte 2 de la ciudad de 105 del Código Penal de la Federación de Rusia; En presencia de daños importantes a la víctima y en ausencia de otros signos calificativos, el robo cometido no debe calificarse según la Parte 1 del art. 158 del Código Penal de la Federación de Rusia, y de acuerdo con el párrafo “c” de la Parte 2 del art. 158 del Código Penal de la Federación de Rusia y d.

Finalmente, los signos del lado objetivo pueden ser reconocidos por el tribunal como circunstancias atenuantes o agravantes que no afectan la calificación, pero que se tienen en cuenta a la hora de determinar el tipo y monto de la pena.

El lado objetivo del crimen.- uno de los cuatro elementos del corpus delicti, que consiste en la comisión por el culpable de un acto específico que representa un peligro público y está prohibido por el derecho penal bajo amenaza de pena.

El lado objetivo como elemento del corpus delicti.- se trata de un conjunto de características jurídicamente significativas previstas por el Código Penal de la Federación de Rusia, que caracterizan un acto externo de invasión socialmente peligrosa.

Las características del lado objetivo incluyen:

1. requerido:

a) un acto que infringe un objeto particular, que se puede expresar de dos formas: en acción: es un acto de comportamiento ilegal y socialmente peligroso activo; en la inacción es un acto de conducta socialmente peligroso, que consiste en el hecho de que una persona no realiza la acción que debería y podría haber realizado. La inacción criminal se caracteriza por dos elementos: objetivo - la obligación de actuar y subjetivo - la capacidad de cometer un acto conductual. El acto debe limitarse a un determinado impulso volitivo y consciente;

b) consecuencias socialmente peligrosas- el resultado de un acto delictivo;

V) relación causal entre acción (inacción) y consecuencias- una relación objetiva entre fenómenos, uno de los cuales (causa) en presencia de ciertas condiciones da lugar a otro fenómeno (consecuencia). Características de las relaciones causales: la causa da lugar al efecto. El alcance de las razones, en primer lugar, la etapa de motivación y toma de decisiones, cuando se trata de la formación de un motivo, una meta, la definición de los medios para lograrlo como delictivo; la causa siempre precede en el tiempo al efecto; la acción de la misma causa en las mismas condiciones produce siempre el mismo efecto; el efecto no repite la causa;

2. opcional:

oh situación- un conjunto de circunstancias que afectan la naturaleza y el grado de peligro público de un acto (situación de combate, zona de desastre ecológico o zona de emergencia ecológica);

oh escena del crimen- este es el territorio en el que se comete el acto delictivo (vivienda, lugares de enterramiento);

oh el momento del crimen- el período durante el cual se cometió el delito (tiempo de guerra, durante o inmediatamente después del parto);

oh forma de cometer un delito- un conjunto de técnicas y métodos utilizados para cometer un acto delictivo.

El significado del lado objetivo del delito:

influye en la calificación correcta de un acto socialmente peligroso;

desempeña un papel en la distinción de delitos que son similares en otros aspectos;

· el análisis del lado objetivo permite en algunos casos establecer la presencia de un segundo objeto adicional;

el legislador utiliza elementos individuales del aspecto objetivo como características calificativas;

Los signos del lado objetivo pueden ser considerados por el tribunal como circunstancias atenuantes o agravantes que no afectan la calificación, pero se tienen en cuenta al determinar el tipo y monto de la pena.